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Publicada la Orden de Convocatoria de AUTÓNOMOS COVID-19

1 julio 2020

El 30 de junio, se publicó la Orden de 24 de junio de 2020 de la Consejería de Empleo, Investigación y Universidades por la que se convocan subvenciones para el ejercicio 2020 dirigidas a trabajadores autónomos para paliar las pérdidas económicas ocasionadas por el COVID-19 (BORM nº 149, de 30 de junio) y cuyas características principales son:

1. Requisitos del beneficiario:

  • Ser persona trabajadora autónoma adscrita al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), o en su caso, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los      Trabajadores del Mar y profesionales acogidos a mutualidades alternativas a la Seguridad Social.
  • Acreditar que en el mes de junio de 2020 ha tenido una disminución de su facturación superior al 40 por ciento en relación con el promedio de facturación del semestre comprendido entre octubre de 2019 y febrero de 2020.
  • Tener domicilio fiscal en la Región de Murcia.
  • Estar dado de alta en la Seguridad Social en los regímenes indicados en la letra a) el 14 de marzo y en la fecha de presentación de la solicitud.

2. Incompatibilidad con la prestación extraordinaria por cese de actividad de los autónomos afectados por la declaración del estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
3. Obligación de mantener el alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o Mutualidad alternativa o, en su caso, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, tres meses a partir de su solicitud de subvención
4. Ayuda única de 286,15 € hasta agotar presupuesto
5. Plazo de solicitud: del 1 al 30 de julio de 2020
Le adjuntamos un documento con las preguntas y respuestas más frecuentes para su conocimiento y distribución a aquellos que pudiera ser de interés.

Para cualquier información que precisen en relación con esta ayuda, estaremos encantados de poderles atender en los teléfonos 968 37 53 95 y 968 36 51 85, o a través del correo  autonomos.covid19@carm.es

Nota.- El certificado de alta en la Mutualidad alternativa al sistema de la Seguridad Social debe tener fecha idéntica a la solicitud de la subvención, pues se exige estar dado de alta en la Mutualidad a fecha de solicitud. 


Documentación adjunta